{"id":2713,"date":"2024-11-21T08:27:22","date_gmt":"2024-11-21T13:27:22","guid":{"rendered":"https:\/\/cuconstituyente.com\/?p=2713"},"modified":"2024-12-09T13:01:13","modified_gmt":"2024-12-09T18:01:13","slug":"que-es-una-constituyente-por-miguel-antonio-bernal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/2024\/11\/21\/que-es-una-constituyente-por-miguel-antonio-bernal\/","title":{"rendered":"\u00bfQU\u00c9 ES UNA CONSTITUYENTE? POR \u2013 MIGUEL ANTONIO BERNAL"},"content":{"rendered":"\r\n<p class=\"has-text-align-justify\">\u201cUn pueblo tiene siempre el derecho a revisar, reformar y cambiar su Constituci\u00f3n. Una generaci\u00f3n no puede someter a sus leyes a las generaciones futuras\u201d. (Constituci\u00f3n francesa de 1793, art\u00edculo 28)<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<!--more-->\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>1.-\u00bfQu\u00e9 significa Constituci\u00f3n?<\/strong><br>Constituci\u00f3n significa status, orden, conformaci\u00f3n, estructura de un ente o de un organismo en general.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>2.-\u00bfQu\u00e9 se entiende por Constituci\u00f3n en sentido puramente sustancial?<\/strong><br>Es todo aquel complejo de normas jur\u00eddicas fundamentales, escritas o no escritas, capaz de trazar las l\u00edneas maestras del mismo ordenamiento. As\u00ed, todo Estado tiene siempre una Constituci\u00f3n y en ella se establecen la organizaci\u00f3n y las reglas para el funcionamiento del Estado.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>3.-\u00bfQu\u00e9 es una Constituci\u00f3n?<\/strong><br>Una Constituci\u00f3n es, ante todo, la ley fundamental, la ley suprema de un pa\u00eds. En ella se establecen las normas que sirven de base para el gobierno del Estado, que regulan las relaciones entre gobernantes y gobernados, as\u00ed como la de los gobernados entre s\u00ed. O sea, la Constituci\u00f3n es el mecanismo de control del poder y el mecanismo de organizaci\u00f3n de las competencias y atribuciones de los \u00f3rganos del Estado. La Constituci\u00f3n es, al mismo tiempo, el derecho constitucional de la libertad y del poder. La Declaraci\u00f3n de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, adoptada por la Asamblea Constituyente de Francia el 26 de agosto de 1789, recalca en su art\u00edculo 16 que toda sociedad en la cual la garant\u00eda de los derechos no est\u00e1 asegurada, carece de Constituci\u00f3n.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>4.- \u00bfC\u00f3mo se origin\u00f3 elt\u00e9rmino t\u00e9cnico?<\/strong><br>El t\u00e9rmino Constituci\u00f3n, como conjunto de principios fundamentales de una sociedad, encuentra sus or\u00edgenes en el documento de Virginia, de junio de 1776, cuando a pocos d\u00edas de la Declaraci\u00f3n de Independencia de las Colonias Inglesas de Am\u00e9rica, los habitantes de dicha Colonia eligieron una Asamblea que prepar\u00f3 y aprob\u00f3 una Constituci\u00f3n.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>5.-\u00bfC\u00f3mo se defini\u00f3 originalmente a la Constituci\u00f3n?<\/strong><br>Thomas Paine se\u00f1alaba ya en el siglo XVIII que \u201cUna constituci\u00f3n no es el acto de ning\u00fan gobierno sino del pueblo estableciendo su gobierno, de modo que gobierno sin constituci\u00f3n es poder sin derecho.\u201d<br>\u201cLa Constituci\u00f3n precede al gobierno y el gobierno es la criatura de la Constituci\u00f3n\u201c.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>6-\u00bfCu\u00e1l es el significado m\u00e1s amplio de Constituci\u00f3n?<\/strong><br>El significado m\u00e1s amplio de Constituci\u00f3n es el m\u00e1s antiguo. La perspectiva m\u00e1s antigua quiz\u00e1s es la de Bolingbroke, quien en 1733 afirmaba que: \u201cPor Constituci\u00f3n queremos significar, cuando hablamos con propiedad y exactitud, el conjunto de leyes, instituciones y costumbres, deducidas de determinados objetos del bien com\u00fan, que integran el sistema general conforme al que la colectividad ha acordado ser gobernada\u2026 A esto llamamos buen gobierno, esto es\u2026 cuando el conjunto de la Administraci\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos se verifica con prudencia y con sometimiento estricto a los principios y fines de la Constituci\u00f3n\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>7- \u00bfDesde cu\u00e1ndo hubo Constituciones?<\/strong><br>En el sentido com\u00fan de la palabra puede afirmarse que todos los pueblos siempre tuvieron una Constituci\u00f3n. Ferdinand Lasalle en su obra \u00bfQu\u00e9 es una Constituci\u00f3n? (abril 1862), observa que: \u201c\u2026todo pa\u00eds tiene, y ha tenido siempre, en todos los momentos de su historia, una Constituci\u00f3n real y verdadera. Lo espec\u00edfico de los tiempos modernos\u2026 no son las Constituciones reales y efectivas, sino las Constituciones escritas, las hojas de papel\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>8- \u00bfQu\u00e9 quiere decir \u2018real y verdadera\u2019?<\/strong><br>Lasalle estudia el problema constitucional bajo una interpretaci\u00f3n de una manera diferente a como lo har\u00eda un jurista, priorizando el an\u00e1lisis pol\u00edtico, y define la Constituci\u00f3n como la suma de los factores reales de poder que rigen un pa\u00eds. La Constituci\u00f3n que no responde a los factores reales de poder de una sociedad no es durable; ella no es m\u00e1s que una hoja de papel. La Constituci\u00f3n pol\u00edtica real es, en su opini\u00f3n, la acumulaci\u00f3n integrada de esas fuerzas pol\u00edticas y concretas de la sociedad.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>9-\u00bfCu\u00e1ndo una Constituci\u00f3n escrita es buena y duradera?<\/strong><br>La respuesta que da Lasalle a esta pregunta es que una Constituci\u00f3n escrita es buena y duradera cuando corresponde a la Constituci\u00f3n pol\u00edtica real, a la que tiene sus ra\u00edces en los factores de poder que rigen un pa\u00eds dado en un momento dado. Cuando no existe esa correspondencia, se produce un conflicto inevitable y la hoja de papel sucumbe ante el empuje de las verdaderas fuerzas de la sociedad, es decir, la Constituci\u00f3n real.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>10.-\u00bfCu\u00e1l es la relaci\u00f3n entre una \u201choja de papel \u201d y la realidad?<\/strong><br>La tesis de Lasalle lo que trata de probar es que lo que tiene importancia, al momento de estudiar y analizar determinadas situaciones constitucionales, es la estructura, la red y los elementos que constituyen los factores reales del poder pol\u00edtico de un pa\u00eds: \u201cLos asuntos constitucionales no son primariamente problemas de derecho sino de poder; la verdadera Constituci\u00f3n de un pa\u00eds solo reside en los factores reales y efectivos de poder que en ese pa\u00eds rigen; y las constituciones escritas solo tienen valor y durar\u00e1n si son la expresi\u00f3n exacta de los factores de poder imperantes en la realidad social.\u201d<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>11.-\u00bfC\u00f3mo surgen las Constituciones escritas?<\/strong><br>A medida que se van desarrollando las luchas de los pueblos por las conquistas de sus libertades, se fueron definiendo algunos valores objetivos considerados como fundamentales. Se produce entonces la necesidad de plasmar en una declaraci\u00f3n solemne y formal los derechos de los ciudadanos y los l\u00edmites del ejercicio del poder pol\u00edtico. As\u00ed surgen las Constituciones escritas, con un claro objetivo de declarar y asegurar los derechos fundamentales de los individuos, disciplinar el uso del poder y establecer la organizaci\u00f3n racional de la sociedad y del gobierno para tratar de impedir la concentraci\u00f3n del poder pol\u00edtico en manos de uno o de pocos.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>12.-\u00bfC\u00f3mo se clasifican las Constituciones?<\/strong><br>Las Constituciones se pueden clasificar de diversas formas. La clasificaci\u00f3n m\u00e1s extendida es seg\u00fan el m\u00e9todo que se emplea para enmendarlas o reformarlas. Se habla entonces de Constituciones r\u00edgidas y Constitucionesflexibles.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>13.-\u00bfA qu\u00e9 se llama Constituciones r\u00edgidas y flexibles?<\/strong><br>Se llama Constituci\u00f3n r\u00edgida a aquella cuya enmienda o reforma requiere o exige un procedimiento especial, y Constituci\u00f3n flexible a la que no requiere un procedimiento especial para ser reformada. Pero, para muchos autores \u201cacaso sea m\u00e1s prudente utilizar los t\u00e9rminos flexible y r\u00edgido para distinguir las Constituciones no seg\u00fan si para su enmienda requieren un procedimiento especial que no exigen las leyes ordinarias, sino seg\u00fan sean en la pr\u00e1ctica y bajo el peso de las circunstancias, f\u00e1cil y frecuentemente modificadas o no\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>14.-\u00bfPodemos mencionar algunos ejemplos?<\/strong><br>Como ejemplo de Constituci\u00f3n flexible por excelencia debe mencionarse, desde todos los tiempos, la inglesa. Como ejemplo de Constituciones r\u00edgidas est\u00e1n la de Estados Unidos de Am\u00e9rica (1789), Suiza (1874), Francia (1948) y la de Italia de 1947.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>15.-\u00bfExisten Constituciones flexibles en la actualidad?<\/strong><br>Hoy, en la pr\u00e1ctica, la totalidad de las Constituciones son Constituciones r\u00edgidas. El establecimiento de un procedimiento especial de reforma para la Constituci\u00f3n es una especie de requisito para que pueda clasificarse como tal a una Constituci\u00f3n. Por ello, en la actualidad de lo que realmente habr\u00eda que hablar ser\u00eda de Constituciones con mayor o menor grado de r\u00edgidez.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>16.-\u00bfDe qu\u00e9 depende la facilidad o la frecuencia con que una Constituci\u00f3n se modifica?<\/strong><br>Depender\u00e1 no solo de los procedimientos legales establecidos para ser enmendada, sino tambi\u00e9n de las fuerzas y grupos pol\u00edticos y sociales que predominan en la sociedad y de la medida en que estos apoyen la organizaci\u00f3n y la distribuci\u00f3n del poder pol\u00edtico establecido en la Constituci\u00f3n.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>17.-\u00bfCu\u00e1les son otras formas de clasificar las Constituciones?<\/strong><br>Las Constituciones tambi\u00e9n pueden clasificarse seg\u00fan su or\u00edgen en otorgadas o pactadas; seg\u00fan su extensi\u00f3n, en restrictivas y extensas; seg\u00fan su objeto, en obligatorias o preceptivas; directivas o program\u00e1ticas; institucionales u organizadoras. Tambi\u00e9n se habla de democr\u00e1ticas y autoritarias, seg\u00fan su contenido.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>18.-\u00bfCu\u00e1ntas partes tiene una Constituci\u00f3n?<\/strong><br>Toda Constituci\u00f3n consta por lo general de un pre\u00e1mbulo (cuyo valor normativo var\u00eda de uno a otro Estado) , la parte dogm\u00e1tica (que contiene los principios fundamentales), una parte org\u00e1nica (que establece el ordenamiento jur\u00eddico social) y la clausula de reforma (que establece como se puede y debe reformar).<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>19.-\u00bfQu\u00e9 significa Constituyente?<\/strong><br>El t\u00e9rmino Constituyente tiene su origen del franc\u00e9s \u201cconstituant\u201d y fue utilizado por primera vez durante la Revoluci\u00f3n francesa de 1789. Se le atribuye al abate Emmanuel Siey\u00e8s la popularizaci\u00f3n del t\u00e9rmino en su obra \u201c\u00bfQu\u00e9 es el Tercer Estado?\u201d , publicada en 1788.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>20.-\u00bfA qu\u00e9 se llama Poder Constituyente?<\/strong><br>Se trata del poder absoluto y total ejercido por todo el pueblo, en el momento de crear, reformar o estructurar el Estado como convenga a sus intereses, discutiendo, procur\u00e1ndose o reformando una Constituci\u00f3n. En palabras de Si\u00e8yes: \u201cEl poder constituyente todo lo puede\u2026No se encuentra de antemano sometido a ninguna Constituci\u00f3n\u2026Por ello, para ejercer su funci\u00f3n, ha de verse libre de toda forma y de todo control, salvo los que a \u00e9l mismo le plugiera adoptar\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>21.-\u00bfDe qu\u00e9 supuestos surge la noci\u00f3n de Poder Constituyente?<\/strong><br>La noci\u00f3n de Poder Constituyente surge del principio democr\u00e1tico de soberan\u00eda popular y de la idea de limitaci\u00f3n del poder gobernante, como poder constitu\u00eddo en el marco de la democracia representativa.<br>En palabras de Sieyes: \u201cEs imposible crear un cuerpo para un fin, sin darle una organizaci\u00f3n,unas formas y unas leyes propias para el cumplimiento de las funciones alas que ha sido destinado. Es lo que se denomna la constituci\u00f3n de dicho cuerpo. Es evidente que no puede vivir sin ella. Es tambi\u00e9n evidente que todo gobierno comisonado debe tener su constituci\u00f3n; y lo que es v\u00e1lido para el gobierno en general, lo es tambi\u00e9n para las partes que lo componen. As\u00ed el cuerpo de los representantes, al que es confiado el poder legislativo o el ejercicio de la voluntad com\u00fan, solo existe bajo la forma que la naci\u00f3n ha querido darle; \u00e9ste no es nada sin sus formas constitutivas, s\u00f3o act\u00faa, dirige, gobierna a trav\u00e9s de ellas\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>22.-\u00bfC\u00f3mo se interpreta lo anterior en nuestros d\u00edas?<\/strong><br>En nuestros d\u00edas es necesario, desde un punto de vista democr\u00e1tico, hacer valer la suprema autoridad del pueblo frente a la autoridad del gobernante. Para ello no existe ninguna otra alternativa que la de que el propio pueblo-\u00fanico sujeto del poder constituyente- sea quien establezca una Constituci\u00f3n que obligue por igual a gobernantes y gobernados.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>23.-\u00bfQu\u00e9 significa el Poder Constituyente como poder absoluto y total?<\/strong><br>El Poder Constituyente como poder absoluto y total, es decir, como poder soberano, significa que el pueblo, como titular de la soberan\u00eda nacional, tiene y ejerce sus facultades para darse su propio ordenamiento jur\u00eddico y pol\u00edtico fundamental a trav\u00e9s de una Constituci\u00f3n pol\u00edtica.<br>El Poder Constituyente se justifica por s\u00ed mismo por ser el or\u00edgen del acto que realiza un pueblo para organizarse. La Constituci\u00f3n es el producto del Poder Constituyente. Sanchez Viamonte establece que la separaci\u00f3nn entre el Poder Constituyente y los poderes constitu\u00eddos es la mayor creaci\u00f3n jur\u00eddica de los tiempos primigenios.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>24.-\u00bfPor qu\u00e9 corresponde al pueblo la titularidad del Poder Constituyente?<\/strong><br>El gran m\u00e9rito de la tradici\u00f3n constitucional de Estados Unidos, consiste en haber establecido, desde muy temprano y sin equ\u00edvocos la titularidad y el ejercicio de ese poder soberano y constituyente del pueblo.<br>Sin embargo, fue el pensador pol\u00edtico Juan Jacobo Rousseau, autor del Contrato Social,quien en sus obras defendi\u00f3 los postulados de la soberan\u00eda popular o sea el poder del pueblo para decidir de su propio destino. Rousseau escribi\u00f3: \u201cPor la misma raz\u00f3n que la soberan\u00eda es inalienable, es indivisible, pues la voluntad es general o no lo es; es la del cuerpo del pueblo o solamente la de una parte. En el primer caso, esa voluntad declarada es una acto de soberan\u00eda y hace ley. En el segundo, no es m\u00e1s que una voluntad particular, o un acto de magistradura; es a lo sumo un decreto\u201d.<br>Durante la Revoluci\u00f3n Francesa de 1789 la soberan\u00eda popular se transform\u00f3 en la soberan\u00eda nacional, retomando la tesis sostenida por Si\u00e8yes que considera la Naci\u00f3n como conjunto de individuos, el titular de la soberan\u00eda.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>25.-\u00bfEs entonces la soberan\u00eda nacional titular del Poder Constituyente?<\/strong><br>La soberan\u00eda tiene como caracter\u00edsticas fundamentales ser absoluta, indivisible, permanente, excluyente, inalienable, e imprescriptible. En la Declaraci\u00f3n de los Derechos del Hombre y del Ciudadano se estableci\u00f3 el principio de que \u201ctoda soberan\u00eda reside esencialmente en la Naci\u00f3n. Ning\u00fan cuerpo ni individuo puede ejerecer autoridad que no emane expresamente de ella\u201d.<br>Dado que la Naci\u00f3n es un ente abstracto, la potestad constituyente solo podr\u00e1 expresarse a trav\u00e9s del mecanismo de la representaci\u00f3n. De acuerdo a las corrientes modernas del constitucionalismo se puede afirmar que la soberan\u00eda nacional es el titular del poder constituyente y viceversa, dado que el poder constituyente pertenece a la comunidad nacional \u00edntegra o sea al pueblo.<br>Tambi\u00e9n estableci\u00f3 Rousseau: \u201cAfirmo, pues que como la soberan\u00eda no es otra cosa que el ejercicio de la voluntad general, no puede ser enajenada, y que el soberano, que no es m\u00e1s que un ser colectivo, no puede estar representado m\u00e1s por \u00e9l mismo: el poder puede muy bien transmitirse, pero no la voluntad\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>26.-\u00bfPuede alg\u00fan otro poder estar por encima del Poder Constituyente?<\/strong><br>Ning\u00fan otro poder puede estar por encima del poder constituyente porque el poder constituyente est\u00e1 al origen de todos los poderes en su car\u00e1cter de expresi\u00f3n m\u00e1xima de la soberan\u00eda popular o nacional. Tampoco puede ning\u00fan \u00f3rgano del Estado, a\u00fan cuando sea el resultado de una elecci\u00f3n mediante voto popular, estar por encima o substituirse parcial o totalmente al poder constituyente.<br>El constitucionalista peruano Washington Dur\u00e1n Abarca se\u00f1ala en su obra \u201cPlebiscito de Nuevo Tipo y Constituyente\u201d que \u201cEl poder constituyente se configura en cuanto ese acto est\u00e1 premunido de las m\u00e1ximas potestades, fuerza, coacci\u00f3n; es decir, al m\u00e1s alto nivel o rango que el establecido en la Constituci\u00f3n para el poder constitu\u00eddo u ordinario o derivado del poder constituyente, pues la sola presencia de los constituyentes como representantes de su titular (todo el pueblo) nada significar\u00eda si no se manifestara en decisiones propias e imperativas.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>27.\u00bfExiste entonces un Poder Constituyente Originario?<\/strong><br>S\u00ed existe un Poder Constituyente Originario, el cual radica en el pueblo como titular que es de la soberan\u00eda nacional. En car\u00e1cter de tal entonces, es el detentador del poder soberano del cual deber\u00e1n emanar todos los dem\u00e1s poderes.<br>El Poder Constituyente Originario es permanente aunque de ejercicio discontinuo pero,su caracter extraordinario radica en que procede a actuar cuando se producen situaciones muy especiales en la vida de los pueblos.<br>El Poder Constituyente Originario, adem\u00e1s de unitario e indivisible, es la expresi\u00f3n de la m\u00e1xima voluntad pol\u00edtica y, como tal, escapa a cualquier delimitaci\u00f3n que pretenda imponerle el orden jur\u00eddico anterior.<br>Sanchez Viamonte indica que: \u201cEl concepto de poder constituyente nace de la idea del pueblo; es un poder que comprende al pueblo y solo cobra sentido como expresi\u00f3n de voluntad popular. Fue creado para el pueblo, como el concepto de soberan\u00eda hab\u00eda sido creado para el Rey\u201d.<br>Por su parte, Carl Schmitt nos subraya que: \u201d En el poder consituyente descansan todas las facultades y competencias constituidas y acomodadas a la Constituci\u00f3n. Pero el mismo no puede constituirse nunca con arreglo a la Constituci\u00f3n. El pueblo, la naci\u00f3n sigue siendo el basamento de todo el acontecer pol\u00edtico, la fuente de toda la fuerza, que se manifiesta en formas siempre nuevas, que siempre saca de s\u00ed nuevas formas y organizaciones no subordinando nunca, sin embargo, su existencia pol\u00edtica a una formulaci\u00f3n definitiva.\u201d<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>28.-\u00bfPuede la Asamblea Legislativa sustituirse al Poder Constituyente Originario?<\/strong><br>Ni la Asamblea ni ning\u00fan otro Organo del Estado puede sustituirse en todo o en parte al Poder Constituyente Originario que es el pueblo soberano.<br>Para Burdeau: \u201cDesde el punto de vista del Estado, el poder constituyente originario es un poder primario, incondicionado y completamente due\u00f1od elas formas sobre las que act\u00faa\u201d.<br>En su obra \u201cIntroducci\u00f3n al Estudio de Derecho\u201d el fil\u00f3sofo Luis Recasens Siches expresa que:<br>\u201cEl Poder Constituyente es por esencia unitario e indivisible y los poderes constitu\u00eddos derivan su t\u00edtulo de la unidad del poder soberano. Es superior y previo a toda norma establecida; como no procede de ninguna ley positiva no puede ser regulado en sus tr\u00e1mites y en su ejercicio por normas constitucionales anteriores.<br>La actuaci\u00f3n del poder constituyente implica una formaci\u00f3n originaria del Estado y, por ende, no puede estar regulada por ning\u00fan orden jur\u00eddico preexistente. Como quiera que el poder constituyente es la condici\u00f3n para que despu\u00e9s pueda haber derecho constitucional, no se encuentra condicionado por ninguna norma positiva. El acto constituyente aparece como el acto primordial y originario de soberan\u00eda, superior y anterior a los actos de soberan\u00eda ordinaria, cuya futura regulaci\u00f3n \u00e9l mismo habr\u00e1 de establecer\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>29.-\u00bfQui\u00e9n hace una Constituyente?<\/strong><br>La Constituyente la hace solo el pueblo, quien como Poder Constituyente Originario es el verdadero titular de la soberan\u00eda nacional y el \u00fanico que posee la facultad soberana de crear o hacer una nueva Constituci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n reformar una Constituci\u00f3n existente.<br>\u201cEl poder constituyente- dice Dur\u00e1n Abarca- como expresi\u00f3n de la soberan\u00eda nacional est\u00e1 investido para: derogar o emitir cualquier ley; para disolver u organizar cualquier \u00f3rgano u \u00f3rganos del Estado, o sea del poder pol\u00edtico; para tomar medidas transitorias o definitivas para la mejor organizaci\u00f3n pol\u00edtica, econ\u00f3mica, social, laboral de toda la sociedad; v.gr.: puede disponer la elecci\u00f3n de todo el gobierno, entendiendo por gobierno no solo la funci\u00f3n o rama del Ejecutivo sino tambi\u00e9n el legislativo y el judicial, precisandoo fechas y modalidades. Solo as\u00ed podr\u00edamos estar ante una Constituyente en sentido y composici\u00f3n realmente democr\u00e1tica, soberana, nacional, no discriminatoria\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>30.-\u00bfQu\u00e9 es una Asamblea Constituyente?<\/strong><br>Una Asamblea Constituyente es el procedimiento democr\u00e1tico que establece la expresi\u00f3n soberana del pueblo elegida con la finalidad de proceder a la deliberaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de una Constituci\u00f3n totalmente nueva o de las reformas a la Constituci\u00f3n existente.<br>La din\u00e1mica que suscita la convocatoria de una Asamblea Constituyente permite afianzar el \u201csentimiento constitucional\u201d que har\u00e1 que la Constituci\u00f3n sea realmente sentida por el pueblo y respetada como \u201cs\u00edmbolo pol\u00edtico que tiene sentido por su funci\u00f3n integradora \u201c.<br>Para Carlos Bol\u00edvar Pedreschi la Asamblea Constituyente es \u201cel conjunto de personas f\u00edsicas en quienes se ha ubicado la responsabilidad de redactar y expedir una Constituci\u00f3n, previas las deliberaciones que fueran pertinentes\u201d.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<p class=\"has-text-align-justify\"><strong>31.-\u00bfPor qu\u00e9 la Asamblea Constituyente es un procedimiento m\u00e1s democr\u00e1tico para hacer o reformar una Constituci\u00f3n?<\/strong><br>La Asamblea Constituyente es un procedimiento m\u00e1s democr\u00e1tico, para hacer o reformar una Constituci\u00f3n, en la medida en que en ella participan y se pueden expresar, en forma mucho m\u00e1s amplia y con mayor diversidad, todos los sectores y tendencias que integran la sociedad nacional para lograr un consenso que sirva de m\u00ednimo com\u00fan denominador en favor de los intereses de la naci\u00f3n entera.<\/p>\r\n\r\n\r\n\r\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\r\n<p>\u00bfQu\u00e9 es una asamblea constituyente? : cien respuestas a las preguntas m\u00e1s frecuentes sobre el tema.<\/p>\r\n<\/blockquote>\r\n\r\n\r\n\r\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"580\" height=\"885\" data-attachment-id=\"2716\" data-permalink=\"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/2024\/11\/21\/que-es-una-constituyente-por-miguel-antonio-bernal\/img_8259\/\" data-orig-file=\"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/IMG_8259.jpeg?fit=655%2C1000&amp;ssl=1\" data-orig-size=\"655,1000\" data-comments-opened=\"1\" data-image-meta=\"{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}\" data-image-title=\"IMG_8259\" data-image-description=\"\" data-image-caption=\"\" data-medium-file=\"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/IMG_8259.jpeg?fit=197%2C300&amp;ssl=1\" data-large-file=\"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/IMG_8259.jpeg?fit=580%2C885&amp;ssl=1\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/IMG_8259.jpeg?resize=580%2C885&#038;ssl=1\" alt=\"\" class=\"wp-image-2716\" srcset=\"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/IMG_8259.jpeg?w=655&amp;ssl=1 655w, https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/IMG_8259.jpeg?resize=197%2C300&amp;ssl=1 197w\" sizes=\"auto, (max-width: 580px) 100vw, 580px\" \/><\/figure>\r\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cUn pueblo tiene siempre el derecho a revisar, reformar y cambiar su Constituci\u00f3n. Una generaci\u00f3n no puede someter a sus leyes a las generaciones futuras\u201d. (Constituci\u00f3n francesa de 1793, art\u00edculo 28)<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":161,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":0,"_editorskit_is_block_options_detached":false,"_editorskit_block_options_position":"{}","jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[5,7],"tags":[],"class_list":["post-2713","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-constituyente","category-material-referencia"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2021\/01\/drMiguelBernal.jpg?fit=750%2C480&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2713","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2713"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2713\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2810,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2713\/revisions\/2810"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/161"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2713"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2713"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2713"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}