{"id":527,"date":"2021-05-10T23:15:13","date_gmt":"2021-05-11T04:15:13","guid":{"rendered":"https:\/\/cuconstituyente.com\/?p=527"},"modified":"2021-05-10T23:15:13","modified_gmt":"2021-05-11T04:15:13","slug":"el-estado-constitucional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/2021\/05\/10\/el-estado-constitucional\/","title":{"rendered":"El Estado Constitucional"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-justify\">La teor\u00eda de la Constituci\u00f3n tiene por objeto el tipo de las Constituciones democr\u00e1ticas, tal como se han implantado tanto en el mundo libre \u2014no s\u00f3lo en el occidental por sus contenidos y procedimientos esenciales, sino tambi\u00e9n por la profundidad de sus manifestaciones particulares y evoluci\u00f3n en el curso de la historia\u2014, como en el espacio planetario, al menos desde el \u201c<em>annus mirabilis<\/em>\u201d de 1989. Este tipo se compone de elementos ideales y reales \u2014referidos al Estado y a la sociedad\u2014 los cuales no se han alcanzado al mismo tiempo en pr\u00e1cticamente ning\u00fan Estado constitucional, pero que apuntan<br>tanto a una situaci\u00f3n \u00f3ptima de lo que debe ser como a una situaci\u00f3n posible de lo que es.<\/p>\n\n\n\n<!--more-->\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-justify\">Tales elementos son: <strong>la dignidad humana<\/strong> como premisa, realizada a<br>partir de la cultura de un pueblo y de los derechos universales de la humanidad, vividos desde la individualidad de ese pueblo, que encuentra su identidad en tradiciones y experiencias hist\u00f3ricas, y sus esperanzas en los deseos y la voluntad creadora hacia el futuro; el principio de la soberan\u00eda popular, pero no entendida como competencia para la arbitrariedad ni como magnitud m\u00edstica por encima de los ciudadanos, sino como f\u00f3rmula que caracteriza la uni\u00f3n renovada constantemente en la voluntad y en la responsabilidad p\u00fablica; la Constituci\u00f3n como contrato, en cuyo marco son posibles y necesarios fines educativos y valores orientadores; el principio de la divisi\u00f3n de poderes tanto en sentido estricto, relativo al Estado, como en el sentido amplio del pluralismo; los principios del Estado de derecho y el Estado social, lo mismo que el principio del Estado de cultura (\u201cKulturstaat\u201d)<sup>1<\/sup> abierto; las garant\u00edas de los derechos fundamentales; la independencia de la jurisdicci\u00f3n, etc\u00e9tera. Todo esto se incorpora en una democracia ciudadana constituida por el principio del pluralismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-justify\">El Estado constitucional de cu\u00f1o com\u00fan europeo y atl\u00e1ntico se caracteriza por la dignidad humana como premisa antropol\u00f3gico-cultural por la soberan\u00eda popular y la divisi\u00f3n de poderes, por los derechos fundamentales y la tolerancia, por la pluralidad de los partidos y la independencia de los tribunales; hay buenas razones entonces para caracterizarlo elogiosamente como democracia pluralista o como sociedad abierta. Su Constituci\u00f3n, entendida como orden jur\u00eddico fundamental del Estado y de la sociedad, posee una validez jur\u00eddica formal de naturaleza superior. La Constituci\u00f3n es creadora del momento de la estabilidad y la permanencia; el ejemplo m\u00e1s impresionante lo ofrece la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos con sus m\u00e1s de dos siglos de vigencia. No obstante, en virtud de esta duraci\u00f3n \u2014la Ley Fundamental alemana (en adelante LF) incluso plantea una \u201c pretensi\u00f3n de eternidad\u201d a favor de los principios fundamentales de su art\u00edculo 79, inciso 3, en forma an\u00e1loga a algunas Constituciones anteriores y a otras que le han seguido\u2014 se requieren instrumentos y procedimientos gracias a los cuales la Constituci\u00f3n se adapte en forma flexible, como \u201cproceso p\u00fablico\u201d, 3 a los acontecimientos de la \u00e9poca, sin detrimento de su sentido: a saber, como \u201cest\u00edmulo y l\u00edmite\u201d, en los t\u00e9rminos de R. Smend, tambi\u00e9n como \u201c norma y tarea\u201d (U. Scheuner), lo mismo que como \u201climitaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n\u201d del poder del Estado (H. Ehmke), pero tambi\u00e9n del poder de la sociedad. Precisamente la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos, adem\u00e1s de las muy escasas enmiendas (actualmente 28) que ha sufrido en doscientos a\u00f1os, conoce el procedimiento del cambio, especialmente a trav\u00e9s de la jurisprudencia constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Libro:<\/strong> <a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/elEstadoConstitucional.pdf\" target=\"_blank\">El Estado Constituciona<\/a>l<br><strong>Autor:<\/strong> Peter H\u00e4berle<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La teor\u00eda de la Constituci\u00f3n tiene por objeto el tipo de las Constituciones democr\u00e1ticas, tal como se han implantado tanto en el mundo libre \u2014no s\u00f3lo en el occidental por sus contenidos y procedimientos esenciales, sino tambi\u00e9n por la profundidad de sus manifestaciones particulares y evoluci\u00f3n en el curso de la historia\u2014, como en el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":528,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":0,"_editorskit_is_block_options_detached":false,"_editorskit_block_options_position":"{}","jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-527","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/cuconstituyente.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/estadoConstitucional.jpg?fit=646%2C554&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/527","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=527"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/527\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":530,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/527\/revisions\/530"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/528"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=527"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=527"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cuconstituyente.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=527"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}