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Vacuna obligatoria… una opinión

Rehúso pensar, que semejante iniciativa, fuera por ignorancia inexcusable

La elaboración de una vacuna es un proceso complejo, exige estrictas medidas de seguridad y controles rigurosos en los ensayos clínicos. No obstante que las epidemias de SARS y de MERS, causadas por coronavirus, ocurrieron hace varios años, aún no se dispone de tales vacunas.

Si la alarma no se justificara y las ventajas superaran los riesgos, ¿cómo explicar que una empresa reciba protección, frente a futuros reclamos, por daños relacionados con la vacuna COVID-19?

Según la agencia noticiosa Reuters, un alto ejecutivo de la farmacéutica AstraZeneca, dijo: «Esta es una situación única en la que nosotros, como compañía, simplemente no podemos asumir el riesgo si en… cuatro años la vacuna está mostrando efectos secundarios«. Y es que en Estados Unidos, desde el 2005 cuentan con la Ley PREP, que excluye las demandas por daños y perjuicios de los productos que ayudan a controlar una crisis de salud pública.

El paternalismo, que le permitía al médico decidir lo que era bueno para el paciente, fue superado desde el siglo pasado, conducta fundada en los principios éticos de beneficencia, ‘bonun facere’ y ‘nil nocere’; hacer el bien y no causar daño. ‘Primun non nocere’; primero no dañar, decían los maestros. A la luz del estado del arte, en la Medicina del siglo XXI, no cabe esa conducta; el respeto a la dignidad del paciente, a su autonomía e integridad, es esencial en la relación médico-paciente; de aquí que para todo acto médico, particularmente aquellos que por su carácter invasivo, implican riesgos, sea indispensable el consentimiento informado.

La autonomía tiene máxima prioridad en las decisiones relativas al manejo del paciente; en consecuencia, es absurdo, por desfasado e irracional, pretender exigir obligatoriedad para administrar un agente biológico, dada su capacidad de causar complicaciones, incluso graves. En 1955 se produjo el incidente Cutter, donde un lote de vacunas contra la poliomielitis, que incluía virus vivos, causó 250 casos de polio, muchos de ellos con parálisis. En 1999, la vacuna para prevenir la gastroenteritis por rotavirus, aprobada por la Administración de Alimentos y Drogas de los EEUU, fue retirada por varios casos de obstrucción intestinal en infantes que recibieron la vacuna.

El Artículo 14, de la Ley 48 de 5 de diciembre de 2007, dice: «Se faculta al Ministro de Salud para que, cuando considere que la salud de la población está en riesgo, ordene las acciones de inmunización extraordinarias que sean necesarias, las cuales serán obligatorias para todos los residentes en la República«. Aprobar esto, contando ya con la Ley 68 de 20 de noviembre de 2003, que regula el consentimiento informado, que en su Artículo 16 dice: «Cualquier intervención en el ámbito de la salud requiere que la persona afecta haya dado su consentimiento especifico y libre, tras haber sido previamente informada de acuerdo con lo establecido en el Capitulo II. Dicho consentimiento debe realizarse por escrito, en los casos de intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos invasores y, en general, cuando se realizan procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes notorios y previsibles susceptibles de repercutir en la salud del paciente. El consentimiento puede ser revocado libremente en cualquier momento«, parece indicar que el retroceso en concepto de libertad, es abismal.

Y pretender ahora, en agosto de 2020, imponer la obligatoriedad, lo confirma. ¿Sabrán que tan disparatada medida, atentaría contra derechos fundamentales, como el derecho a la vida, a la salud, a la integridad física, a la dignidad, a la libertad, a la información, a la intimidad, a la confidencialidad, al consentimiento informado? Todos los Comités de Bioética del país, deberían pronunciarse, pero no solo sobre conflicto de intereses. Rehúso pensar que semejante iniciativa, fuera por ignorancia inexcusable; aunque obedecer a imposiciones foráneas, sería peor, porque prestarse para vulnerar Derechos Humanos fundamentales, a la población que, por razones morales y jurídicas deberían proteger, podría indicar complicidad en un potencial crimen de lesa humanidad…

¿Será esa la conspiración de la que se habla?. ¿Usted qué opina?

Autor: Leopoldo Santamaria

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