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Renuncia de la Rectora y eliminación de la REELECCIÓN en la UNACHI

Firma la petición, TODOS somos parte del CAMBIO

La Ley 4, del 18 de enero de 2006, que Reorganiza la Universidad Autónoma de Chiriquí, originalmente decía, en el artículo 36, lo siguiente:
El Rector de la Universidad será elegido para un periodo de cinco años y no podrá ser reelegido en los dos periodos siguientes.

Los Decanos y Vicedecanos, los Directores y Subdirectores de Centros Regionales serán elegidos para un periodo de cinco años, de acuerdo con el procedimiento que rige la elección del Rector, contemplado en el artículo anterior, y no podrán ser reelegidos en los dos periodos siguientes.

Pero el ansia de poder pudo más y la administración de la UNACHI, encabezada por la sra. rectora, realizó todas las acciones necesarias, para que el 21 de marzo de 2017 saliera en gaceta oficial la ley 12, con la primera modificación del articulo 36, quedando de la siguiente manera:
El Rector y autoridades a puesto de elección de la Universidad Autónoma de Chiriquí serán elegidos para un periodo de cinco años y podrán ser reelegidos por un periodo adicional de cinco años.

Se dieron las elecciones al cargo de rector, en marzo del 2018 y con el apoyo de la política externa a la UNACHI, y todas las artimañas que conlleva esa relación, dando como resultado que la sra. Etelvina Medianero se reelige.

El 5 de enero de 2022, la sra. rectora y sus allegados, vuelven a implementar el mismo librito de las estrategias, que en la ocasión anterior. Pero ya no pedía un periodo adicional, sino por dos periodos.

La lucha entre la administración de la UNACHI, en contubernio con la Asamblea Nacional y parte de la comunidad universitaria junto a la sociedad civil fue fuerte. Pero al final, el SISTEMA ACTUAL CORRUPTO pudo más y el presidente de la república, Laurentino Cortizo, sanciona la Ley 292, del 01 de abril de 2022, que modifica por segunda ocasión el articulo 36, quedando de la siguiente manera:
El Rector de la Universidad será elegido por un periodo de cinco años, y podrá ser reelegido por dos periodos consecutivos.
Los decanos,vicedecanos, directores y subdirectores de centros regionales serán elegidos para un periodo de cinco años, de acuerdo con el procedimiento que rige la elección del rector.

En lo antes expuesto se evidencia una clara intención de valerse del sistema actual, para construir nuevos caminos, alejados de las leyes vigentes y ajustando las mismas a sus intereses participares.

Por lo que pedimos el respaldo a TODA la sociedad panameña, para enviar un mensaje alto y claro a la Asamblea Nacional y al presidente de la república, para que reconsideren el enorme daño que le están ocasionando a la sociedad actual y futura de nuestro país, con los actos realizados y que vuelvan a dejar el articulo 36, de la Ley 4 del 2006, como estaba originalmente, al momento de su creación.

Dicho acto enviaría un mensaje positivo a la sociedad panameña y principalmente a la chiricana, de buena voluntad por devolverle la tranquilidad y confianza.

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