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Constituyente Opinión

¿Reformar qué?

La administración de la cosa pública le compete al gobierno, integrado por los tres órganos del Estado, que deben trabajar en armónica colaboración; conforme lo dispone la Constitución Nacional, documento fundamental; en el cual se consignan las competencias y los deberes, para la ejecución de las políticas públicas, que en principio tienen como propósito servir a la ciudadanía.

El Artículo 17, establece, como garantía fundamental: “las autoridades de la República están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a nacionales y extranjeros bajo su jurisdicción…”; por tanto parece inapropiado afirmar que el gobierno sea 100% empresa privada, cuyo objetivo es el lucro, que basado en el comercio responde a los intereses de sus accionistas o inversores.     

La planificación para el uso racional de los recursos debe hacerse a través del diseño de las políticas públicas, v.g.: salud, educación. Sin embargo, por mucha que sean, la capacidad y la voluntad de servir, en Panamá, solo la política económica, está definida.

El Artículo 271 de la Constitución dispone: “La A.N. podrá eliminar o reducir las partidas de los egresos previstos en el proyecto de Presupuesto, salvo las destinadas al servicio de la deuda pública, al cumplimiento de las demás obligaciones contractuales del Estado …”. La prioridad del Estado es el servicio puntual de la deuda; por lo que todas las políticas públicas quedan supeditadas a las restricciones que aquella determina. Cualquier servidor público, con educación básica, lo comprendería, aunque lo peor sería asumirlo como deber fundamental.

Para mejorar la eficiencia y productividad del gobierno, es imprescindible sanear la administración de justicia, removiendo a los funcionarios venales y/o incompetentes, que la ubicaron en la sima; igualmente es urgente implementar la carrera judicial, para que la Impunidad sea la excepción, en vez de la norma.  

Lo procedente es auditar el presupuesto asignado y el ejecutado, durante la gestión gubernamental 2019-2024; y específicamente, en lo relativo al fraude catalogado de “pandemia”; donde predominó el oportunismo sobre la racionalidad y la corrupción sobre la Probidad.

Además, la Sumisión y la complicidad con el Foro Ec. Mundial, la OMS, la ONU, las Ifii´s, la agenda 2030, etc., tradujeron graves perjuicios a la salud pública, la educación y a la economía y junto al vertiginoso endeudamiento, profundizaron la dependencia y comprometieron la autonomía del Estado. Es indispensable recabar toda esta información y proceder judicialmente contra todos los involucrados en el atraco al erario e incautar los bienes mal habidos; porque quienes han traicionado a la patria deben rendir cuentas por su felonía.

El diagnóstico objetivo es imprescindible para consensuar reformas dirigidas a reducir las desigualdades existentes y a procurar el mayor grado de bienestar social. Basta de improvisación, Cleptocracia y denuncias mediáticas. Por un Proyecto Nacional con justicia, racionalidad y meritocracia… !Constituyente YA¡.

Autor: Leopoldo E. Santamaría
Profesión: Médico

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