El 9 de enero de 1964, constituye un punto de inflexión en nuestra historia republicana, resultante del despertar de la conciencia, en la juventud beneficiaria de una educación comprometida con el desarrollo de la nacionalidad.

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El 9 de enero de 1964, constituye un punto de inflexión en nuestra historia republicana, resultante del despertar de la conciencia, en la juventud beneficiaria de una educación comprometida con el desarrollo de la nacionalidad.
El domingo 25 de octubre pasado, el pueblo de Chile aprobó elaborar una nueva Constitución a través de una Convención Constituyente, con el 78% de los votantes ciudadanos de ese país.
Gastón De Jesús Dormoi Barrios, quien se ha visto protestando en medio de la situación de la covid-19 en las calles de Panamá compartió un artículo donde indica que la pandemia ha puesto en evidencia las deficiencias de arrastre en diferentes sectores gubernamentales.
Así como no se puede concebir libertad de movimiento con las manos atadas, no se puede concebir libertad de sufragio, intrínseca a un sistema democrático, con un sistema electoral estructurado desde el texto constitucional y Código Electoral hasta las diversas ordenanzas del Tribunal Electoral, con sus respectivas interpretaciones, a favor de los 3 más grandes partidos políticos, en detrimento de la participación política ciudadana.
“El Poder Constituyente significa lo que constituye, lo que establece, lo que crea, lo que organiza institucionalmente. Si por poder entendemos una competencia, capacidad o energía para cumplir su fin, y por constituyente el poder que constituye o da Constitución al Estado, alcanzamos con bastante precisión el concepto global: poder constituyente es la competencia, capacidad o energía para constituir o dar Constitución al Estado, es decir, para organizarlo, para establecer su estructura jurídico política” (Referendo, y Congreso. Asamblea Constituyente-Ernesto Rey Cantor-Ediciones Ciencia y Derecho-Bogotá 2000-pág. 28).
La descomposición de lo que llamamos Estado es cada día mayor. Resulta ilusorio que pretendan hacernos creer que dentro de las actuales estructuras, socio económicas y políticas, vamos a poder salir adelante de la agravada crisis que arrastramos como sociedad.
El silogismo político que se promociona para justificar reformas parciales a la Constitución Política, a imagen y semejanza del poder establecido, se asienta en una premisa falsa: ‘El pueblo votó por Nito = El pueblo votó por el método de reformar la Constitución propuesto por Nito’.
En la última semana, el Movimiento Constituyente Va y Ciudadanos Unidos por la Constituyente presentaron a la opinión pública, el ‘Documento Conceptual y de Principios para el Debate Ciudadano hacia una nueva Constitución’, como aporte a la discusión nacional, con miras a transformaciones sustantivas, de cara a resolver la crisis de institucionalidad democrática por la que atraviesa el país.
La Constitución que nos rige NO contiene mecanismos amplios de participación ciudadana, a pesar de que la ciudadanía se ha ganado con sus luchas (por el adecentamiento de la justicia, por el mejoramiento de las pensiones de jubilación, contra la corrupción, por la no reelección, etc.), el derecho a ser consultada en todo momento y, no obstante, los avances constitucionales al respecto en la región.
El principio de ‘no reelección’ ha sido calificado como ‘el símbolo político e instrumento imprescindible del constitucionalismo democrático’ (Nohlen), cobrando mayor fuerza localmente, como fórmula para impedir la corrupción en el próximo período de gobierno.
Los ciudadanos panameños ya no nos sentimos representados por los partidos tradicionales, los cuales han dominado la escena política a través de lo que se ha acuñado como ‘partidocracia’.